miércoles, 1 de abril de 2009

BASES ESTANDAR PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS

En concordancia con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 041-2009, se aprobaron las Bases estándar que deberán ser utilizadas por todas las entidades públicas en forma obligatoria que requieran contratar la ejecución de obras.

Para poder utilizar dichas bases, deberán cumplirse las siguientes condiciones:

1.- Los proyectos hayan sido declarados viables, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública.

2.- Que, corresponda a una licitación pública conforme a la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2009, y su valor referencial no sea mayor a S/. 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 nuevos soles).

Las referidas Bases, sólo será utilizadas durante el bienio 2009-2010.


Conforme a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 041-2009, en todo lo no regulado en el citado Decreto de Urgencia será de aplicación supletoria lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y su modificatoria.

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