jueves, 2 de abril de 2009

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LOS PROCESOS DE SELECCION

Consulta.

En cuanto a los documentos que piden para calificar la experiencia del postor indica el art. 44º del Reglamento que para acreditar la experiencia del postor, se presentará hasta un máximo de 20 contrataciones, sin importar el número de documentos que la sustenten. Yo entiendo que puedo presentar hasta 20 facturas de un mismo o diferentes clientes? No entiendo bien a que se refiere "sin importar el número de documentos". Por otro lado cuando dice que las facturas deben tener una cancelación que se acredite efectivamente? Bastará que el sello de cancelado figure en la factura?

Respuesta:

Para acreditar la experiencia del postor, se presentará hasta un máximo de 20 contrataciones, sin importar el número de documentos que la sustenten.

Esto está referido al caso de los contratos de suministro o de los contratos con prestaciones periódicas, los mismos que se suscriben por un determinado periodo de tiempo, en estos casos los pagos son periódicos así que la mayoría de veces se presentan más de una factura según la duración del contrato pero todas las facturas acreditan una contratación, así tenemos por ejemplo que si tienes 20 contratos;

Contrato N° 01 sustentado con una factura
contrato N° 02 sustentado con 05 facturas
Contrato N° 03 sustentado con 12 facturas
Contrato n° 04 sustentado con 10 facturas

Al final tendrías 04 contratos que acreditan tu experiencia sustentados con 28 documentos.

Cabe precisar que esto se debe a que anteriormente muchas entidades restringían el número de documentos que debían presentar para acreditar la experiencia, sobre todo para el caso de comprobantes de pago.

Respecto a la cancelación debemos entender que esta se acredita con el sello de cancelado, para este caso te recomiendo remitirte al Reglamento de Comprobantes de pago.

Finalmente las Constancias, pueden incluirse como factor de calificación aunque no necesariamente, y si bien es cierto legalmente está previsto que las entidades emitan una constancia de prestación de servicios estas se emiten a solicitud del proveedor y en muchos caso no se piden. En todo caso será motivo para que empiecen a solicitarlas. Pero Ojo las Constancias se emiten una vez prestado el servicio o entregado el bien a conformidad del usuario, por lo que el proveedor deberá ser más cuidadoso. Además creo que resulta lógico exigir que la constancia deberá referirse a los contratos que se presentaron como experiencia del postor.

1 comentario:

  1. Hola, quisiera saber si hay algun tipo de proceso en el cual no se solicite mucha experiencia de postor, ya que somos una Pyme y recién estamos empezando a comercializar productos. Gracias

    ResponderEliminar