martes, 12 de mayo de 2009

EVALUACION PRESUPUESTARIA 2008


CONSULTA.
¿Qué número de Directiva y Resolución Directoral o los documentos para realizar la evaluación presupuestaria 2008?

La Resolución Directoral Nº 044-2008-EF/76.01, del 7 de agosto de 2008, establece los procedimientos y lineamientos técnicos que las Municipalidades Provinciales y Distritales, elaboren la Evaluación semestral y anual de los Presupuestos Institucionales, ello con la finalidad de medir los resultados de la gestión presupuestaria.

La Evaluación Presupuestaria Institucional deberá desarrollarse en tres etapas:

• Análisis de la gestión presupuestaria en términos de eficacia y eficiencia. Es decir, eficacia en la ejecución presupuestaria de los ingresos y gastos, así como el cumplimiento de las metas presupuestarias contempladas en las actividades y proyectos para el período en evaluación; y la eficiencia en el cumplimiento de las metas presupuestarias, con relación a la ejecución presupuestaria de los gastos efectuados durante el período a evaluar.
• Identificación de los problemas presentados, explicando las desviaciones presentadas en el comportamiento de la ejecución de ingresos y egresos comparándolas con la estimación de los fondos públicos y la previsión de gastos contemplados en el PIA y en el PIM, así como determinar las causas que las originaron. Permitirá lograr un análisis general de la gestión presupuestaria del pliego, vinculada con la producción de bienes y servicios que brinda a la comunidad y con los resultados de la gestión municipal.
• Determinación de las medidas correctivas internas, a fin de mejorar la gestión presupuestaria institucional, con el objeto de alcanzar las metas previstas en los sucesivos ejercicios presupuestarios, para lo cual se formulará sugerencias a los Sistemas Administrativos.

La Evaluación Presupuestaria al Primer Semestre se realiza sobre la base de la información correspondiente a los avances de metas físicas y el avance financiero al 30 de junio del año fiscal; en tanto que la Evaluación Institucional Anual se efectúa sobre la base de la información al cierre del ejercicio presupuestario.

Para realizar la Evaluación Institucional Anual deberá tenerse en cuenta los nuevos Indicadores de Gestión, cuyo Cuadro ha sustituido al que estaba contenido en el Anexo Nº III Gobiernos Locales - Programación, Formulación y Aprobación de la Directiva Nº 006-2007-EF/76.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”.

La información de la Evaluación Presupuestaria Semestral y Anual, deberá ser registrada, procesada y transmitida a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del MEF a través del “Aplicativo SIAF - MPP (Módulo de Procesos Presupuestarios)”, programa que permite la generación de los reportes correspondientes.


Debe recordarse, finalmente, que es responsabilidad del Alcalde la remisión de la información de la Evaluación Presupuestaria en los plazos señalados en la Directiva, para lo cual debe dictar las medidas necesarias a fin de asegurar la confiabilidad, seguridad y oportunidad de los procesos que requiere esta evaluación. Por su parte, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad, o la que haga sus veces, es la dependencia técnica responsable de la consolidación de la Evaluación Presupuestaria, así como de los documentos denominados “Informe Semestral de la Evaluación Presupuestaria” e “Informe Anual de la Evaluación Presupuestaria”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario